Micelio
Auto29 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Ardila Bustillo Wendy Lorainne·Demandado Secretaria De Educacion Departamento Del Atlantico

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Remisión de expediente para que se tramite la impugnación
Impugnación Fallo De Tutela
  • Importancia del recurso y la consecuencia de su pretermisión
Nulidad Procesal En La Accion De Tutela
  • Se declara la nulidad por pretermisión de instancia
Nulidad Por Pretermision De Instancia
  • No trámite de impugnación
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Tras advertir que en el caso concreto se configuró la causal insubsanable de pretermisión de instancia, la Sala de Revisión decisión declarar la NULIDAD de la actuación adelantada por la Corporación en el expediente de la referencia y, en consecuencia, dejó sin efectos la decisión de selección del mismo.

Dispuso, además, devolver el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Campo de la Cruz (Atlántico), para que tramite la impugnación formulada por la accionante en contra del fallo de primera instancia, y proceda a remitirlo al tribunal que corresponda para continuar con la impugnación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR LA NULIDAD de la actuación adelantada por esta corporación en el expediente T-10.153.807 por la configuración de la causal de nulidad de pretermisión de instancia, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de esta providencia. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS la decisión de selección del expediente T-10.153.807, contenida en el punto resolutivo
  2. décimo.
  3. cuarto. del auto del 24 de mayo de 2024, de la sala de selección número cinco; y ORDENAR a la Secretaría General de este tribunal que, en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, elimine del sistema de gestión de la Corte Constitucional -SIICOR, todo registro relacionado con el trámite del expediente T-10.153.807.
  4. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional la devolución del expediente T-10.153.807 al Juzgado Promiscuo Municipal de Campo de la Cruz, Atlántico, para que tramite la impugnación formulada por la accionante en contra del fallo de primera instancia, y proceda a remitirlo al tribunal que corresponda para continuar con la impugnación.
  5. TERCERO. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que, una vez sea remitido por parte juzgador de segunda instancia el proceso de tutela de la referencia, se informe a la Sala de Selección de Tutelas de turno que ese proceso había sido previamente seleccionado para revisión mediante auto del 24 de mayo de 2024, y que fue declarado nulo su trámite a través de la presente providencia por la configuración de la causal de nulidad de pretermisión de instancia.
  6. CUARTO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.